Un diálogo de buena fe para la prevención de incendios forestales

Un diálogo de buena fe para la prevención de incendios forestales

Por Julio Torres Cuadros
Ingeniero Forestal. Integrante de Futuro Madera, Secretario ejecutivo Colegio de Ingenieros Forestales de Chile.

El profesor de ética neerlandés Hanno Sauer sostiene que, para establecer un diálogo constructivo entre dos personas con posiciones inicialmente contrapuestas, cada una de ellas debe describir el argumento contrario al suyo de tal manera que quien sostiene dicha posición quede conforme con la descripción. Este ejercicio obliga a prescindir de los reduccionismos, de las tergiversaciones y de las caricaturas a la hora de confrontar una posición que no se comparte. El enfoque no es nuevo, ya Isaiah Berlin muchos años antes planteaba la necesidad de hacer siempre la mejor interpretación del argumento contrario para un diálogo de buena fe.

Aplicando esta recomendación al proyecto de ley de prevención de incendios forestales presentado hace un año por el Gobierno y que actualmente se discute en el Senado, la mejor interpretación que podemos hacer del texto es que los autores han establecido como factor prioritario, a la hora de reducir los impactos de los incendios forestales, la incorporación de nuevos instrumentos de planificación de carácter obligatorio para los propietarios de cubiertas vegetales, sean estas bosque nativo o plantación forestal, especialmente aquellas que se encuentran en una zona de interfaz urbano rural.

Las acciones preventivas sobre el combustible vegetal, de acuerdo con los autores del proyecto, serían claves en una estrategia de prevención y, por lo tanto, el tema prioritario (y exclusivo) a abordar.

El ministro de Agricultura en cambio, desconociendo el enfoque que recomiendan Sauer y Berlin, en sus intervenciones públicas hace una descripción reduccionista de los argumentos contrarios a su posición, desestimándolos y sosteniendo que los cuestionamientos al proyecto de ley provienen de actores que presentan posiciones populistas, como el buscar indemnizaciones económicas por la intervención de sus terrenos (incluidas posibles cosechas de las plantaciones), y que las acciones de prevención implementadas a costo de los propietarios deben entenderse como medidas patrióticas o de corresponsabilidad.

La autoridad parece imaginar a los propietarios de plantaciones como personas egoístas, indolentes o cicateras, carentes del patriotismo necesario para echar sobre sus hombros –y sobre sus bolsillos– la implementación de medidas silvícolas de prevención que identifica como necesarias y urgentes de aplicar.

El argumento del Gobierno y del ministro que lo defiende se basa en una apelación a la necesidad, pero desconoce argumentos basados en la justicia y la eficacia, que generan cuestionamientos a la posición gubernamental. De justicia, porque los sujetos a los que van dirigidas las nuevas exigencias del proyecto de ley no son quienes originan los incendios, por lo tanto, son exigencias que recaen en ellos por acciones de terceros que, no se debe olvidar, son constitutivas de delitos. Delitos que por mandato constitucional debería prevenir o perseguir la autoridad.

Los incendios en Chile no son actos de la naturaleza, hay personas detrás de su origen y estas personas no son el objeto de esta ley. Por lo mismo, el enfoque del proyecto se asemeja mucho a lo ocurrido con la farmacia que debió cerrar obligada por la autoridad en respuesta a la acción de terceros que realizaban robos masivos y de manera reiterada. Se plantean exigencias a la víctima, sin una acción complementaria y proporcional desde el Estado hacia quien delinque.

Este enfoque, no vale la pena engañarse, no reduce el delito, en este caso, la ocurrencia de incendios, por la simple razón de que no se preocupa del fenómeno delictual asociado a dicha ocurrencia de incendios. Ya sea cerrar la farmacia o eliminar la vegetación del predio del propietario, en ambos casos, se le asigna la responsabilidad y el costo a quien se ve afectado.

Pero la medida además de injusta amenaza ser ineficaz, dado que la eficacia de la ley descansará en la capacidad de lograr que los propietarios no solo presenten a la autoridad los planes preventivos, sino que también los ejecuten. Estos planes, elaborados por profesionales que deberán ser contratados y remunerados por los propietarios, deben ser presentados incluso si el predio y la vegetación existente no poseen un uso productivo.

¿Cuál es la expectativa de cumplimiento de dichos planes de prevención por parte de propietarios que no poseen apoyo financiero y muchas veces en predios con una tenencia no regularizada, sucesiones en litigio, o predios con una interfaz con viviendas surgidas de tomas o usurpaciones? ¿Aborda el proyecto de ley estas situaciones? Lamentablemente, no las aborda. 

Lo anterior permite proyectar altas tasas de incumplimiento de las nuevas exigencias, con la consiguiente aplicación de multas que solo harán más gravosa para los propietarios la existencia de vegetación en los predios de la interfaz. ¿Será un incentivo para eliminar definitivamente la vegetación y darle un uso inmobiliario al predio, ya sea de manera formal si lo permite el plan regulador o informal si no lo permite, mediante ocupaciones ilegales?

Pero la ineficacia no termina ahí, también habrá que sumar el hecho de que el Servicio Nacional Forestal se verá obligado a destinar un contingente de funcionarios y recursos a revisar, autorizar y fiscalizar planes de prevención (cuando los haya), o bien fiscalizar a quienes no los presenten, en vez de destinar a esos funcionarios y esos recursos a acciones de prevención de la ocurrencia de los incendios.

En conclusión, las obligaciones impuestas a los propietarios en el proyecto de ley no son justas ni eventualmente eficaces, y no se trata de falta de patriotismo o empatía por parte de los propietarios. Solo cabe esperar que la nueva autoridad a cargo de la Corporación Nacional Forestal tenga el apoyo necesario para incorporar modificaciones sustantivas a un proyecto que, en su actual versión, se basa en un pobre diagnóstico de lo que se requiere para abordar el flagelo de los incendios forestales, y que estas modificaciones surjan de un diálogo de buena fe en el que no se caricaturice la posición contraria.

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