En seis meses de vigencia, la Ley de Usurpaciones redujo estos delitos en casi un 50%

En seis meses de vigencia, la Ley de Usurpaciones redujo estos delitos en casi un 50%

Comparado con igual lapso anterior, los casos bajaron de 63 a 34. Sin embargo, mayor recurrencia estuvo en Biobío, región que concentra la mitad de los episodios.

Un estudio que analiza la efectividad de la aplicación de la Ley 21.633, conocida como Ley de Usurpaciones, que modificó el tipo de delito y aumentó las penas para quienes realizan usurpaciones de terrenos e inmuebles privados y públicos, reveló que en las cuatro regiones de la macrozona sur estos episodios se redujeron en 46%.

El análisis, realizado por el excoordinador de seguridad Pablo Urquizar, está basado en datos oficiales de Carabineros y se centra exclusivamente en la citada área del país, aunque como toda norma, esta tiene un alcance nacional.

En su examen, compara los seis meses previos y los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la norma. Es decir, confronta el período comprendido entre el 24 de noviembre de 2023, fecha de su promulgación, hasta el reciente 23 de mayo, con el lapso que cubre el semestre precedente.

De esta manera, los casos bajaron de 63 a 34. Sin embargo, el mayor predominio de recurrencia se produjo en Biobío (17), seguido por La Araucanía (10), Los Lagos (5) y Los Ríos (2).

En su desglose, Urquíizar detalla que, a diferencia de las disposiciones anteriores sobre el tema, que solo consideraban multas y citaciones, ahora han sido detenidas 136 personas que se encontraban en forma flagrante ocupando terrenos de terceros.

Del total de detenciones, 69 se concretaron en Biobío; 55 en La Araucanía; seis en Los Ríos y seis en Los Lagos. “Antes de la vigencia de la ley, quienes cometían usurpaciones no eran detenidos y, respecto de esto, recordemos que el propio líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, que cometió una usurpación violenta, solo recibió una pena de multa por este delito”, sostiene Urquizar, al aludir a la condena a 23 años de cárcel que recibió en mayo el activista, y cuya confirmación debe ser resuelta por la Corte Suprema el 29 de julio, cuando falle un recurso de nulidad.

En cuanto al tipo de usurpación, de las 34 que fueron denunciadas, en 25 no hubo violencia, en ocho se registraron daños materiales y solo una tuvo un carácter violento por la acción de quienes la perpetraron. “El 74% de las usurpaciones son no violentas, un 2,9% son violentas y un 23,1% corresponden a usurpaciones no violentas pero con daño a las cosas”, argumenta el excoordinador.

“Falta analizar los impactos procesales”

Junto con recalcar que la ley “ha sido positiva”, Urquizar destaca que tiene “los desincentivos correctos para efectos de la comisión de estos delitos”.

Respecto de los alcances de la ley y los eventuales perfeccionamientos en su aplicación, el especialista arguye que “todavía falta analizar sus impactos desde el punto de vista procesal”, lo que implica “establecer si las personas detenidas por estos delitos recibieron o no condenas, lo que todavía no se logra determinar en seis meses, que es un plazo muy breve para los procesos penales”.

Fuente: edición  suscripción de El Mercurio

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